"Vientres de alquiler": nuevas medidas
El Gobierno español ha implementado recientemente una instrucción que refuerza la prohibición de la gestación subrogada, también conocida como “vientres de alquiler”. Esta medida impide la inscripción directa en registros consulares de menores nacidos mediante esta práctica en el extranjero, exigiendo que la filiación se establezca únicamente por vínculo biológico o adopción.
Desde 2006, la gestación subrogada es ilegal en España, siendo considerada una forma de violencia reproductiva según la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida. La reciente reforma de la Ley Orgánica 1/2023 refuerza esta postura, calificándola explícitamente como violencia reproductiva.
La nueva instrucción del Ministerio de Justicia anula las directrices anteriores de 2010 y 2019 que permitían la inscripción de estos menores en registros consulares. A partir de ahora, la filiación solo podrá establecerse mediante vínculo biológico o adopción, lo que imposibilita el uso de certificaciones extranjeras para el Registro Civil.
Esta decisión busca frenar la mercantilización de los cuerpos de las mujeres y proteger los derechos del menor. Sin embargo, algunas voces señalan que la medida puede no erradicar la práctica, permitiendo que continúe clandestinamente a través de lagunas legales.
En el ámbito político, solo el partido Ciudadanos se ha mostrado abiertamente a favor de la gestación subrogada, mientras que otros partidos mantienen posturas divergentes, entre críticas al comercio de cuerpos y llamados a un debate más profundo sobre el tema.
Desde una perspectiva de enfermería, es fundamental comprender las implicaciones éticas y legales de la gestación subrogada, así como su impacto en la salud física y emocional de las mujeres gestantes y los menores nacidos mediante esta práctica. La reciente instrucción del Gobierno refuerza la necesidad de proteger los derechos de las mujeres y los menores, alineándose con las recomendaciones de organismos internacionales y colectivos feministas.
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